viernes, 1 de agosto de 2008

Convocatoria de beca europea postdoctoral extraordinaria de investigación de la Fundación Academia Europea de Yuste

31 de julio de 2008

La Fundación Academia Europea de Yuste, a través de su programa de becas en investigación y movilidad convoca una beca postdoctoral extraordinaria de investigación, en colaboración con el Instituto de Arqueología de Mérida, Centro de investigación de titularidad mixta formada por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Junta de Extremadura y el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida, para el desarrollo de un proyecto de investigación dentro de las líneas de investigación que desarrolla el propio centro

BASES DE LA CONVOCATORIA

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La finalidad de esta actuación es la realización de un proyecto de investigación arqueológica cuya temática esté relacionada con alguna de las líneas de investigación del Instituto de Arqueología de Mérida.

SEGUNDA: CARÁCTER DE LAS BECAS

Esta beca será financiada por la Fundación Academia Europea de Yuste y el Instituto de Arqueología de Mérida.

El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda o retribución.

TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

a) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia), o de los países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), o de los países candidatos a la adhesión a la UE (Croacia, Turquía y la Antigua República Yugoslava de Macedonia) y Serbia.

b) Estar en posesión del Título de Doctor en Arqueología con titulación obtenida en una universidad de un Estado miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia), o de los países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), o de los países candidatos a la adhesión a la UE (Croacia, Turquía y la Antigua República Yugoslava de Macedonia) y Serbia.

c) Haber disfrutado de una estancia postdoctoral de, al menos 18 meses en alguno de los países europeos elegibles para participar en la presente convocatoria, fuera del país donde se haya obtenido la titulación, durante los últimos 36 meses.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el normal desarrollo de los trabajos.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la contratación y acreditarse en la forma establecida en esta convocatoria.

CUARTA: PERÍODO DE DURACIÓN DE LA BECA

La beca se disfrutará durante un período de 24 meses, comenzando el 1 de octubre de 2008 y finalizando el 30 de Septiembre de 2010.

QUINTA: DOTACIÓN ECONÓMICA.

La beca tendrá una dotación anual bruta de 25.000 euros distribuida en 12 pagos mensuales.

SEXTA: SOLICITUDES.

1. Las solicitudes, se formalizarán en el impreso normalizado que figura como Anexo I de esta convocatoria, irán dirigidos al Director de la Fundación Academia Europea de Yuste, y se presentarán en la sede de la Fundación Academia Europea de Yuste, sita en:

Fundación Academia Europea de Yuste
Real Monasterio de Yuste, s/n
10430 Cuacos de Yuste (Cáceres)

2. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3. La Instancia de solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

i) Curriculum Vitae en el que se relacionen detalladamente todos los méritos referidos por el solicitante, que habría de acreditarse, en su caso, una vez superado el proceso de selección.

ii) Fotocopia de los siguientes documentos:

a) D.N.I o N.I.F. del solicitante.

b) Título académico correspondiente.

iii) Proyecto de Investigación a realizar durante el periodo de beca.

iv) Documento justificativo de la estancia en una Universidad o Centro europeo, fuera del país donde se haya obtenido la titulación, durante el periodo exigido en la base tercera c).

SÉPTIMA: PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación será de treinta días naturales, a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en la página web de la Fundación Academia Europea de Yuste, www.fundacionyuste.org

OCTAVA: COMITÉ DE SELECCIÓN.

El Comité de Selección, que actuará también como comité de Seguimiento, estará formado por:

- Presidente: Director del Instituto de Arqueología de Mérida

- Vocales: Dos personas adscritas al Instituto de Arqueología de Mérida y dos personas adscritas a la Fundación Academia Europea de Yuste.

- Secretario: Director de la Fundación Academia Europea de Yuste

NOVENA: SISTEMA DE SELECCIÓN.

El Tribunal valorará la documentación aportada por cada solicitante hasta un máximo de 30 puntos divididos del siguiente modo:

- Currículum vitae investigador, de 1 a 10 puntos.

- Proyecto de investigación, de 1 a 15 puntos.

- Adaptación del perfil del currículo del candidato y del proyecto presentado a las líneas de investigación del centro de adscripción, de 1 a 5 puntos.

DECIMA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Comité de Selección, dictará resolución en el plazo de 15 días naturales, declarando la lista de admitidos y excluidos que será publicada en el Tablón de Anuncios y en la página web del programa.

UNDÉCIMA: ASPIRANTE SELECCIONADO.

Finalizada la fase de evaluación y selección, el Comité de Selección publicará en la página web de la Fundación Academia Europea de Yuste el nombre del aspirante seleccionado y la puntuación obtenida por el mismo y por el resto de aspirantes, requiriéndose a aquél para que acredite, en un plazo máximo de diez días, estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, aportando la siguiente documentación:

- Declaración Jurada de no estar sometido a expediente disciplinario alguno o haber sido separado de la Administración Pública.

- Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal cumplimiento de los trabajos.

- Declaración jurada de no estar percibiendo cualquier otra retribución o ayuda.

- Originales compulsados de la documentación presentada según la base 6.3.iii).

DUODÉCIMA: RESOLUCIÓN

La adjudicación de la beca se hará por Resolución del Director de la Fundación Academia Europea de Yuste a propuesta del Comité de Selección.

DECIMOTERCERA: COMITÉ DE SEGUIMIENTO.

Para la ejecución y seguimiento de la beca, así como para la interpretación de las dudas que ofrezca el desarrollo de la presente convocatoria, se establece un Comité “ad hoc” cuya composición será la misma que la del Comité de Selección definido en la base octava de esta convocatoria.

DECIMOCUARTA: TUTOR.

El Comité de Seguimiento designará un tutor cuyas funciones serán tanto servir de nexo entre el propio Comité y el becario, como la coordinación de las funciones realizadas por el becario y el propio seguimiento de las incidencias que surjan durante el desarrollo de la beca. El tutor será el responsable del becario durante el periodo de disfrute de la beca.

DECIMOQUINTA: FUNCIONES.

Las funciones que desempeñará el becario serán las tareas de investigación en el tema propuesto en su solicitud bajo supervisión del Tutor.

DECIMOSEXTA: OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.

Son obligaciones del beneficiario:

- Desempeñar, bajo la supervisión del tutor, las funciones propias de la beca en el lugar designado para el desempeño de la misma durante 35 horas semanales, con sujeción al horario que se determine por el Comité de Seguimiento.

- Dirigir una memoria al Comité de Seguimiento donde se determinen las principales actuaciones realizadas y los resultados obtenidos en las prácticas e investigación. Dicha memoria se entregará con una semana de antelación a la fecha de finalización de los trabajos. Igualmente, deberá emitir aquellos otros informes que se consideren necesarios por el Comité de Seguimiento.

- Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad que se estimen oportunas por el Comité de Seguimiento.

- Comunicar al Comité de Seguimiento cualquier alteración que se produzca en las condiciones iniciales por las que se concedió la ayuda.

DECIMOSÉPTIMA: RESCISIÓN DE LA BECA.

El incumplimiento de las obligaciones y deberes expresados en la base anterior, podrá dar lugar a la rescisión de la beca por parte del Comité de Seguimiento.